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Año 1 - Número 9 - Septiembre de 2007 - Guayaquil, Ecuador
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REFORMAS EN SERIO

Por Joffre Campaña Mora
• Master en Ciencias Jurídicas por la Universidad de Navarra.
• Director Ejecutivo de la Academia Ecuatoriana de Derecho Administrativo.
• Miembro de la Cátedra Garrígues y del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo.
• Director General de GOBERNA & DERECHO.
• Ha sido profesor de Derecho Administrativo de las Universidades Católica, Pacífico y Espíritu Santo, de Guayaquil.

El gran debate político del país plantea un proceso constituyente para dos aspectos principales: elaborar una nueva Constitución y transformar el marco institucional del Estado. Podremos tener una maravillosa Constitución (la que tenemos es una de las mejores) y al día siguiente cuando esa nueva Constitución sea aprobada en referéndum (no tengo dudas que será aprobada) los ecuatorianos comunes, se nos ha dicho, nos volveremos honestos, probos, sabios; también los miembros del Tribunal Constitucional, los jueces, los fiscales y los funcionarios públicos. En fin, viviremos una sociedad de honestos, probos y sabios en la que todo funcionará, incluyendo las universidades, que comenzarán a cumplir con responsabilidad su misión.

En esta línea, hace poco pensaba en el marco institucional del Estado y volví a revisar el artículo 118 de la Constitución que trata de la estructura institucional del Estado. Una mínima parte de estas entidades públicas tienen autonomía reconocida constitucionalmente. Así, el Banco Central del Ecuador, la Superintendencia de Bancos y Seguros, la Superintendencia de Compañías, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, las Universidades, la Función Legislativa y la Función Judicial, la Contraloría General del Estado y alguna otra entidad más. Sin embargo, el Estado ecuatoriano se compone de más de mil entidades públicas y la Constitución reconoce autonomía para cerca de una docena.  La pregunta es: ¿funcionan los entes públicos en el Ecuador? ¿Funciona la ECAPAG? ¿Funcionan el Ministerio de Salud, de Educación, de Economía, etcétera?;  ¿Realmente funcionan? No creo que en el Ecuador funcionen.

Si revisamos la Ley de Modernización del Estado, vigente desde el año 1993, vamos a encontrar un artículo sumamente importante, que otorga la potestad al Presidente de la República para reorganizar, reestructurar, crear, fusionar, extinguir, etc., todas las entidades públicas, excepto aquellas cuya autonomía esté constitucionalmente reconocida. Esto significa que si se quisiera realmente la reestructuración del marco institucional del Estado, se lo podría hacer mediante decreto ejecutivo, incluso si las entidades públicas hubieran sido creadas mediante ley, a partir de la figura de la deslegalización que contempló la ley de Modernización del Estado y a partir de la delegación legislativa que esta ley consagra. ¿Desde la Función Ejecutiva se pueden reformar leyes? Sí, porque la Ley de Modernización del Estado expresamente lo contempla en cuanto a la estructura de las entidades públicas, excepción de aquellas entidades, que como he señalado, gozan de autonomía constitucionalmente reconocida. Por eso, no debe llamar en absoluto la atención el que mediante un decreto ejecutivo pueda reformarse una ley, porque la propia Ley de Modernización del Estado habilita al Presidente para dicha reforma. De hecho, la Procuraduría General del Estado emitió en el año  2002 un dictamen en tal sentido.

¿Por qué en lugar de convocar a una Asamblea Constituyente para transformar el marco institucional del Estado, el Presidente de la República no ejerce la atribución que legalmente tiene? Cuando analizamos nuevamente las diez o doce entidades con autonomía constitucional señaladas anteriormente, nos preguntamos: ¿por qué el Presidente, no le dice a los ecuatorianos en el tema de la Superintendencia de Bancos, éste es el problema y vamos a solucionarlo de esta forma? En el tema de la Función Legislativa, el problema es éste y vamos a solucionarlo así?.  Ahí es cuando surgen dudas respecto de las razones verdaderas para no hacerlo. Vamos a ir a una Asamblea Constituyente que tendrá a ciento treinta personas, muchas de ellas bien intencionadas, pero nadie nos garantiza que vamos a tener ciento treinta ángeles, sabios. Pero lo más grave es que estamos a la puerta de un proceso y no sabemos cómo transformar al Ecuador. Vendrán los discursos frente a la corrupción,  respecto a que la corrupción es el cáncer del Ecuador y que por lo tanto hay que modificar la Constitución, que hay que poner reglas más severas, entre otras.

Por otra parte, resulta imposible combatir estos males del Ecuador, mientras exista impunidad. La impunidad existe y existirá mientras no tengamos un sistema judicial probo. En las actuales circunstancias, con mucho pesar, con enorme dolor, debo decir que no hay posibilidad alguna de transformar el sistema judicial ecuatoriano tal como está concebido. Porque con absoluto pesar, me atrevo a afirmar que en Ecuador no tenemos ni mil abogados, sabios, probos y honestos. Como no los tenemos, estamos hablando de falacias. Es muy difícil reunir a ciento treinta personas y decir que desde ahora vamos a ser sabios, probos y honestos, si no tenemos un sistema judicial distinto, diferente, que garantice dar a cada cual lo que le corresponde, es decir, que garantice la vigencia y aplicación de la ley, que garantice que el poder estará limitado por la ley, que los ciudadanos tendrán el reconocimiento pleno de las garantías que la Constitución y los convenios internacionales otorgan. Mientras no tengamos estas mínimas garantías será imposible hablar en el Ecuador de fortalecer un Estado de Derecho; es más, será imposible construir un Estado de Derecho. ¿Qué se puede hacer? ¿Acaso todo está perdido? ¿Cerramos la puerta? 

Yo creo que el Ecuador requiere de enormes dosis de creatividad, pero también de verdad.

¿Es posible transformar el sistema judicial con los abogados ecuatorianos con que actualmente contamos? Lamento decir que no. ¿Qué hacemos entonces? Me voy a permitir plantear una propuesta práctica, concreta sobre cómo transformar el sistema judicial y, a través de esa transformación del sistema judicial, transformar el Estado ecuatoriano y pasar de un Estado de ausencia absoluta de ley a un Estado de respeto completo de la Ley. El reconocimiento pleno de las garantías de las personas debe ser efectivo a través de un régimen judicial probo y confiable.

¿Cuál es el escenario actual? Tenemos cantidades importantes de universidades ecuatorianas cuyos egresados de Derecho no saben absolutamente nada con profundidad. Ese es el escenario. Lo digo con conocimiento de causa porque soy profesor universitario y como profesor universitario, lo digo sin temor. Dicto actualmente seminarios de graduación, es decir, para chicos que después de haber aprobado el seminario, van a ser abogados. Cuando voy a calificar los trabajos de estos chicos casi abogados, encuentro que son incapaces de responder preguntas tan básicas como qué es la Constitución. No solamente eso. Lo más grave es la incertidumbre ante la pregunta ¿leyeron toda la Constitución? “Levanten el brazo (en un curso de catorce estudiantes) quiénes la leyeron completa en este curso de graduación”. ¡Ninguno! ¿Estos son los abogados que van a defender los patrimonios y las libertades de los ecuatorianos? Las universidades no se dan cuenta y parece que poco les interesa. Hace poco un decano resaltaba las virtudes de su gestión con los resultados económicos del semestre.

Escuchaba hace poco a un decano quejarse de la diferencia de nivel de los abogados ecuatorianos con los abogados colombianos. El decano que se quejaba, es el mismo decano que abre cursos intensivos de invierno para los estudiantes que reprueban las materias en los ciclos regulares. Si ustedes van a las universidades en las que se dictan cursos de cuatro meses, generalmente reprueba un número importante de estudiantes. Posteriormente, se les abre un curso de tres semanas, a veces con profesores recién graduados que normalmente aprueban a todos los cursantes. Luego, el mismo decano que dice: “hay que reformar el Estado, ¿cómo es posible que los abogados colombianos nos estén superando?”, es el mismo que abre esos cursos.  Ése es el Ecuador. Sin embargo, en las reuniones de universidades en el CONESUP, ¿cómo se evalúan los progresos logrados? Sin darnos cuenta, estamos condenando a los ecuatorianos a quedar en manos de personas que tienen que velar  por sus patrimonios y por sus libertades, sin las condiciones mínimas para obrar con profesionalismo.
 
Para ese escenario va la propuesta. Lo que planteo es que se haga una selección de mil abogados que hubieran obtenido los mejores promedios en las universidades y que sean menores de treinta años. Tomar a esos mil abogados y enviarlos directamente de Ecuador a España a un proceso de formación en régimen de dedicación absoluta de cuatro años. Posteriormente a esos cuatro años, un año en Chile, por la cercanía territorial, ya que es sabido que cuando se vuelve de Europa luego de varios años se encuentran contrastes sorprendentes y desorientación respecto al orden social de nuestra tierra en la que hemos dejado de convivir por determinado tiempo.

De esta forma, cuando los profesionales regresen al Ecuador luego de cinco años de dedicación exclusiva,  con todos los gastos asumidos por el Estado, podr4emos tener un país diferente. Los seleccionados tendrían desde el primer mes de su formación en el exterior, un salario mensual de dos mil dólares. Ese salario mensual se depositará en una cuenta bancaria aquí en el Ecuador y que no podrá ser tocada por ningún concepto. Eso significa que durante los cinco años de formación esos ciento veinte mil dólares (sesenta meses a dos mil dólares) estarían listos en una cuenta corriente para estos nuevos jueces. A su regreso, serán sometidos a un proceso de selección, y sólo los mejores tendrán a partir de entonces, un puesto como jueces vitalicios. Ese puesto vitalicio les permitirá solamente a aquellos jueces a tener acceso a los ciento veinte mil dólares. En condiciones normales, con los ciento veinte mil dólares, esos jueces tendrían la opción a comprar una vivienda digna de hasta cincuenta mil dólares y comprar un automóvil digno de hasta veinticinco mil dólares, con lo cual ya habrán invertido setenta y cinco mil dólares. Además, les quedará todavía una cantidad importante de reserva bancaria, muy aparte de su justa remuneración mensual, que de modo alguno, podrá ser inferior a los cinco mil dólares.

Como contraprestación los jueces  tienen que ser seres superiores, porque sólo un ser superior puede determinar sobre la vida, sobre el futuro, la libertad y el patrimonio de los demás. Es decir, los jueces no pueden ser iguales a los demás;  tienen que estar en un nivel elevado y ese nivel elevado presupone dos cosas.  Primero, una obligación de cumplir con su papel elevado a través de su vida pública y privada. Segundo, le supondría una carga de hacer su vida privada relativamente pública. ¿Esto qué significa? Rendir cuentas. Porque si tienen lo suficiente para vivir, tienen un cargo vitalicio, una casa, un carro, una cuenta bancaria, un salario superior al de los demás, tienen un compromiso enorme con la sociedad. La única forma de evitar actos de corrupción, es  tener a esos nuevos jueces y fiscales con su vida abierta. Si estos jueces y fiscales son destituidos por actos de corrupción tendrían no solamente el estigma social y no solamente la sanción por el delito,  sino que tendrían la obligación de devolver al Estado ecuatoriano todo lo que se invirtió en ellos. ¿Saben ustedes cuántos se atreverían a realizar actos de corrupción como ocurre actualmente? Tal vez alguno, pero como siempre hay la excepción que confirma la regla, serán los propios jueces los que censuren tales conductas, ya que se habrá dotado a esos jueces del entendimiento claro de lo que significa ser juez y de lo que significa participar en la construcción de un Estado de Derecho. De esta manera tendríamos un sistema judicial y un Ministerio Público funcionando de manera absolutamente distinta a cómo funcionan hoy y tendríamos además, el compromiso del Estado de diseñar un sistema para preparar cuadros de futuros jueces.

Esta es una idea. Creo, desde mi punto de vista, que un sistema de esta naturaleza cambia al Ecuador en cinco años. Lo transforma en cinco años. Si pensamos que el Ecuador se va a transformar con una Asamblea de ciento treinta personas o si creemos que de repente los abogados ecuatorianos nos vamos a volver honestos, probos y sabios, estamos equivocados. Me parece que la transformación debe ser absolutamente radical.

Entonces sí podremos  hablar de la corrupción de la CAE, porque cuando se encuentre corrupción en la CAE tendremos un sistema judicial probo que sabrá aplicar la ley; entonces sí hablaremos de la vigencia de la Constitución porque con un sistema judicial probo, entonces sí se respetará la Constitución; entonces sí hablaremos de una transformación profunda del Estado; entonces sí hablaremos de cómo mejorar la salud pública, cómo regular el acceso a la función pública, cómo logramos que los mejores vayan a la función pública.

Creo que es tiempo de parar con las utopías, de parar con la idea de que es necesario reformar el sistema. Pasará esta Asamblea y seguiremos pensando que hay que transformar el sistema, porque esta Asamblea tal como está concebida va a ser para imponer la visión de unos por sobre la vida de otros y por tanto, va a ser cualquier otra cosa menos el sistema que nos permita un modelo de Estado consensuado.

Cifrar las esperanzas de un país en ciento treinta personas para transformar la sociedad es optar por lo imposible.

El elemento clave es cómo reconocer la dignidad de los ecuatorianos. Creo que la dignidad la empezaremos a reconocer cuando desde el gobierno se cambie la visión del poder para servirse a la visión del poder para servir. Cuando esto ocurra se habrá dado un gran cambio.  En definitiva, el sistema jurídico de cualquier país, es el resultado de quienes ostentan el poder.

Concluyo esta intervención con una afirmación.  Creo que el proceso constituyente que se ha iniciado en el Ecuador es un proceso que nace viciado. Este proceso nace sobre la base del rompimiento absoluto de la Constitución y de no entender que si bien es cierto la soberanía reside en el pueblo, al momento de tener su Constitución, se encapsula en ella, transformando ese concepto de soberanía en el de supremacía constitucional.

Síntesis sencilla pero importante como aquella de que nadie está por encima de la ley.

Cuando el pueblo se encapsula, se autolimita voluntariamente en el concepto de supremacía de la Constitución. Es un pueblo que entendió que cuando la Constitución rige la sociedad se constituye en un Estado de Derecho. Por tanto, construir un Estado de Derecho implica una transformación absolutamente profunda no de la ley ni de la Constitución, sino mas bien una absoluta transformación sobre el entendimiento de las implicaciones e importancia del Estado de Derecho y a su vez,  el por qué la dignidad de las personas importa y por qué es necesario limitar al poder.

Creo, sin duda,  que el desafío es enorme.

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