¿Que?
 


Joffre Campaña M.

Si revisamos la Ley de Modernización del Estado, vigente desde el año 1993, vamos a encontrar un artículo sumamente importante, que otorga la potestad al Presidente de la República para reorganizar, reestructurar, crear, fusionar, extinguir, etc., todas las entidades públicas, excepto aquellas cuya autonomía esté constitucionalmente reconocida. Esto significa que si se quisiera realmente la reestructuración del marco institucional del Estado, se lo podría hacer mediante decreto ejecutivo, incluso si las entidades públicas hubieran sido creadas mediante ley, a partir de la figura de la deslegalización que contemplo la ley de Modernización del Estado y a partir de la delegación legislativa que esta ley consagra.


Alejandra Muñoz

Pero si hay algo que constituye un horror, es que el Presidente de la República, mandatario de los ecuatorianos, de todos los ecuatorianos, aparezca en cuñas publicitarias dando la patadita de suerte a unos cuantos ciudadanos que forman parte de la lista de candidatos a asambleístas por el movimiento Alianza País. ¿Puede acaso el Presidente de todos los ecuatorianos, estar a favor de unos pocos?

 
Año 1 - Número 9 - Septiembre de 2007 - Guayaquil, Ecuador
El gran  debate  político  del  país  plantea  un proceso constituyente para dos aspectos principales: elaborar una nueva Constitución y transformar el marco institucional del  Estado. Podremos tener una maravillosa Constitución (la que tenemos es una de las mejores) y al día siguiente cuando esa nueva Constitución sea aprobada en referéndum (no tengo dudas que será aprobada) los ecuatorianos comunes, se nos ha dicho, nos volveremos honestos, probos, sabios; también los miembros del Tribunal Constitucional, los jueces, los fiscales y los funcionarios públicos.
La   no    exigencia    de patrocinio letrado  en el procedimiento administrativo sostiene, que obligar al administrado a presentarse ante la Administración con un abogado, importaría establecerle una carga económica y sentaría un criterio corporativo al asegurar a los letrados una fuente de trabajo. La idea que propicia la no exigencia de abogado en el procedimiento administrativo, es el refugio de quienes no permiten una adecuada defensa de los ciudadanos, o aun peor, en muchos casos, es la coartada de los arbitrarios para vulnerar los derechos del administrado.
 
Contenido
· Javier Indalecio Barraza
Un imperativo jurídico: Todos tenemos derecho a ser asistidos por un abogado
· Jaíme Rodríguez-Arana
El estado de derecho
· Diego Sherriff
Internet: ¿Ángel o Demonio?
· Marco Elizalde Jalil
La capacidad legislativa de las regiones autónomas
· Danilo Icaza Ortiz
Aclarando conceptos: descentralización y desconcentración
· Diego Martínez
No a una constitución “contra natura”
· Felipe Cabezas-Klaere
¿Qué significa vivir en un estado de derecho?
 


Jeffrey Rosen

El   28     de   junio    de 2007,   el Tribunal Supremo de los Estados Unidos clausuró el año judicial con una polémica decisión, resucitando un antiguo y agudo debate en el seno de la sociedad americana. Por una mayoría de cinco votos, los magistrados de Washington declararon inconstitucional un programa de integración racial implementado por las autoridades educativas de Seattle y Louisville.


Rocío Vásquez

Aquí no estamos saliendo de una dictadura ni estamos saliendo de un colonialismo, ni estamos convirtiéndonos en República indepen- diente, aquí  lo que estamos es cambiando un Estado por otro y vamos hacia una mejora sustancial de las instituciones sobre todo el Estado y la democracia, entonces mientras no se cambie la carta fundamental, la carta Magna, que será cambiada por los Asambleístas a partir de su instalación en Montecristi, mientras no sea aprobada por el pueblo en agosto del 2008, sigue vigente la Constitución actual.

 
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