1. ANTECEDENTES
1.1 LA CRISIS DE LA FUNCION JUDICIAL: ANTECEDENTE PARA LA BUSQUEDA DE SISTEMAS ALTERNATIVOS PARA LA SOLUCION DE CONFLICTOS.
La Administración de Justicia en el Ecuador, tal como lo reconocen importantes documentos y ensayos nacionales e internacionales, no ofrece mínimos aceptables y necesarios para proporcionar seguridad jurídica.
La crisis institucional derivada de múltiples factores, entre los que destacan altos grados de corrupción y politización, ha llevado incluso a situaciones extremas como el cierre de la Corte Suprema de Justicia.
La lentitud de los procesos judiciales, la sobrecarga de causas, la falta de preparación de los funcionarios judiciales y en general la escasa preocupación estatal por hacer realidad un sistema judicial transparente y ágil que proporciones a los ciudadanos una verdadera tutela judicial efectiva, ha terminado por ahondar la enorme crisis institucional que soporta el Ecuador desde hace varios años.
Esta gran crisis impide la inversión nacional y extranjera, desanima el emprendimiento empresarial, genera desconfianza en las instituciones y termina por crear códigos especiales de conducta paralelos a la acción del Estado, con el riesgo que conlleva para una sociedad el no tener un sistema confiable de resolución de conflictos.
Reconociendo esta realidad sobre la crisis de la administración de justicia común, la Constitución Política del Ecuador, incorporó en el año 1997, el reconocimiento de métodos alternativos al proceso judicial, como válidos en la resolución de conflictos inter partes: como son el arbitraje, la mediación y otros procedimientos. Estos métodos fueron ratificados en la Constitución expedida en el año 1998.
1.2 PUNTOS CRITICOS
a)Falta de certeza respecto de la independencia y transparencia de los Arbitros, en razón de que la mayor parte de ellos son abogados en pleno ejercicio de su profesión, lo cual establece vinculaciones profesionales y/o sociales importantes con las partes procesales y/o con los abogados patrocinadores de las diversas causas, especialmente en ciudades como Guayaquil y Quito;
b)Falta de agilidad de los procedimientos, los cuales tienden a replicar las deficiencias del sistema de justicia ordinaria, especialmente en cuanto a dilaciones procesales indebidas;
c)Altos costos del servicio;
d)Ausencia de una infraestructura operativa que garantice la celeridad que el arbitraje requiere, pues no se poseen las herramientas de gestión para poder ofrecer servicios de calidad y oportunidad.
1.3 UNA OPORTUNIDAD PARA LA DESCENTRALIZACIÓN POLÍTICA
El Ecuador debate en este tiempo la modificación de su sistema de distribución de poder político. En materia arbitral, la ley ecuatoriana permite atacar los laudos arbitrales únicamente a través de su nulidad, en una acción que es resuelta por las Cortes Superiores, las cuales tiene jurisdicción provincial.
Si el sistema de descentralización política prospera, el desarrollo de las regiones, ya sea a través de una autonomía provincial o cantonal, exige contar con sistemas eficaces de resolución de conflictos que concluyan definitivamente en las propias regiones. Esta descentralización política brindaría mayores opciones de control social de las decisiones.
2. EL PROYECTO
2.1 OBJETIVO GENERAL
Crear un Centro de Arbitraje y Mediación en Guayaquil, caracterizado por la presencia de Arbitros Internacionales que garanticen independencia, transparencia y agilidad en la resolución de conflictos, utilizando tecnología de punta y cuente con una base organizacional y operativa apropiada y con personal idóneo por el conocimiento de la temática. Los Arbitros deberán ser catedráticos internacionales, vinculados a las más importantes Universidades del mundo.
2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
2.2.1 Propiciar la seguridad jurídica en el Ecuador a través de un sistema de resolución de conflictos que garantice transparencia y agilidad.
2.2.2 Fomentar la inversión productiva nacional y extranjera, al dotar a los inversionistas de un medio confiable de resolución de conflictos y de protección de sus inversiones.
2.2.3 Propiciar mecanismos de descentralización política y de delegación al sector privado de aspectos vinculados a la Administración de Justicia, permitiendo que los conflictos se resuelvan de manera definitiva en la jurisdicción regional local.
2.2.4 Elevar la calidad de la Administración de Justicia estatal a través del control social de las actuaciones de la Corte Superior de Justicia, única instancia para conocer las acciones de nulidad en contra de los laudos arbitrales.
2.2.5 Cumplir con una finalidad social en sus servicios, para lo cual el Centro tendrá una amplia cobertura hacia los usuarios de todo nivel económico- social.
ESTADO: Mediante Acuerdo Ministerial Nº118 publicado en el Registro Oficial Nº116 del 29 de junio de 2007, se aprobó el estatuto de la Fundación Iberoamericana de Arbitraje. En los próximos días la I. Municipalidad de Guayaquil, que acogió la iniciativa de Goberna & Derecho, iniciará los trámites necesarios ante el Reino de España y ante la Corporación Andina de Fomento a efectos de lograr la financiación necesaria. |