
La Constitución de la República del Ecuador consagra en el artículo 23, bajo la denominación “De los derechos civiles”, las denominadas libertades, derechos fundamentales, derechos humanos, derechos morales o derechos subjetivos. Es decir, aquellos elementos que se considera son consustanciales al ser humano y que encuentran en la dignidad de las personas su fundamento.
Incluso, en la propia Constitución se señala que son deberes primordiales del Estado “Asegurar la vigencia de los derechos humanos, las libertades fundamentales de mujeres y hombres, y la seguridad social”.
Los derechos civiles que se enumeran en el artículo 23 son los siguientes:
1. La inviolabilidad de la vida. No hay pena de muerte.
2. La integridad personal. Se prohíben las penas crueles, las torturas; todo procedimiento inhumano, degradante o que implique violencia física, psicológica, sexual o coacción moral, y la aplicación y utilización indebida de material genético humano.
3. La igualdad ante la ley. Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión, filiación política, posición económica, orientación sexual; estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole.
4. La libertad. Todas las personas nacen libres. Se prohíbe la esclavitud, la servidumbre y el tráfico de seres humanos en todas sus formas. Ninguna persona podrá sufrir prisión por deudas, costas, impuestos, multas ni otras obligaciones, excepto el caso de pensiones alimenticias. Nadie podrá ser obligado a hacer algo prohibido o a dejar de hacer algo no prohibido por la ley.
5. El derecho a desarrollar libremente su personalidad, sin más limitaciones que las impuestas por el orden jurídico y los derechos de los demás.
6. El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. La ley establecerá las restricciones al ejercicio de determinados derechos y libertades, para proteger el medio ambiente.
7. El derecho a disponer de bienes y servicios, públicos y privados, de óptima calidad; a elegirlos con libertad, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características.
8. El derecho a la honra, a la buena reputación y a la intimidad personal y familiar. La ley protegerá el nombre, la imagen y la voz de la persona.
9. El derecho a la libertad de opinión y de expresión del pensamiento en todas sus formas, a través de cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de las responsabilidades previstas en la ley.
10. El derecho a la comunicación y a fundar medios de comunicación social y a acceder, en igualdad de condiciones, a frecuencias de radio y televisión.
11. La libertad de conciencia; la libertad de religión, expresada en forma individual o colectiva, en público o en privado. Las personas practicarán libremente el culto que profesen, con las únicas limitaciones que la ley prescriba para proteger y respetar la diversidad, la pluralidad, la seguridad y los derechos de los demás.
12. La inviolabilidad de domicilio. Nadie podrá ingresar en él ni realizar inspecciones o registros sin la autorización de la persona que lo habita o sin orden judicial, en los casos y forma que establece la ley.
13. La inviolabilidad y el secreto de la correspondencia. Esta sólo podrá ser retenida, abierta y examinada en los casos previstos en la ley. Se guardará el secreto de los asuntos ajenos al hecho que motive su examen. El mismo principio se observará con respecto a cualquier otro tipo o forma de comunicación.
14. El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su residencia. Los ecuatorianos gozarán de libertad para entrar y salir del Ecuador. En cuanto a los extranjeros, se estará a lo dispuesto en la ley. La prohibición de salir del país solo podrá ser ordenada por juez competente, de acuerdo con la ley.
15. El derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, pero en ningún caso en nombre del pueblo; y a recibir la atención o las respuestas pertinentes, en el plazo adecuado.
16. La libertad de empresa.
17. La libertad de trabajo. Ninguna persona podrá ser obligada a realizar un trabajo gratuito o forzoso.
18. La libertad de contratación.
19. La libertad de asociación y de reunión, con fines pacíficos.
20. El derecho a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, saneamiento ambiental; educación, trabajo, empleo, recreación, vivienda, vestido y otros servicios sociales necesarios.
21. El derecho a guardar reserva sobre sus convicciones políticas y religiosas. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre ellas. En ningún caso se podrá utilizar la información personal de terceros sobre sus creencias religiosas y filiación política, ni sobre datos referentes a salud y vida sexual, salvo para satisfacer necesidades de atención médica.
22. El derecho a participar en la vida cultural de la comunidad.
23. El derecho a la propiedad.
24. El derecho a la identidad.
25. El derecho a tomar decisiones libres y responsables sobre su vida sexual.
26. La seguridad jurídica.
27. El derecho al debido proceso y a una justicia sin dilaciones.
Estos derechos civiles no son, sin embargo los únicos. La propia Constitución se ha encargado de reconocer que a más de los enunciados, merecen protección del Estado aquellos reconocidos en Pactos o Tratados Internacionales.
Bajo esta óptica, todos los ciudadanos tienen derecho a que todas estas libertades enunciadas sean reconocidas y a tener la opción de que todos estos derechos sean efectivos y reales.
Sin embargo, ¿es obligación del Estado proporcionarlos directamente o por el contrario, es obligación del Estado brindar las posibilidades de que las personas logren su vigencia a través de su esfuerzo?
Esta pregunta marca una fundamental diferencia entre las diversas ideologías. Así, ¿tiene el Estado la obligación de regalar una casa a cada ecuatoriano o por el contrario, cada ecuatoriano debe estar en condiciones de adquirir, con su esfuerzo, una casa?
Más allá de la forma como se han manejado los gobiernos y de los modos como han obrado, lo cierto es que en el Ecuador sólo una minoría ha logrado hacer efectivas realmente las libertades antes enunciadas.
¿Cómo lo han logrado? Salvo unos cuantos que lo han hecho explotando a los demás o a través de altas dosis de corrupción, lo cierto es que la mayor parte lo ha logrado a través de emprendimientos de riesgo empresarial, que han sido posibles de lograr gracias a la suma de dos factores: educación y esfuerzo.
Casi nadie duda en el Ecuador que los estudiantes de los mejores colegios tienen mayores oportunidades de alcanzar altos grados de bienestar que aquellos que cursan en colegios con deficiencias. Y casi nadie duda que si la educación se logra en condiciones adecuadas de comodidad y de acceso a tecnología, las posibilidades de lograr el reconocimiento efectivo de las libertades se vuelve mayor que para aquellos que deben desarrollar sus esfuerzos en condiciones paupérrimas.
Estas diferencias en el ejercicio de las libertades ha provocado en la práctica una situación adicional, que consiste en el desmerecimiento o creación de una categoría especial de personas: los pobres. Esta categoría especial siente no únicamente una marginación en ocasión derivada de situaciones raciales sino y especialmente, basada en diferencias culturales vinculadas con el grado de educación.
Esta situación que se constata en el trato propio que se suscita entre particulares, ha llegado también, como era de esperarse, al trato derivado del ejercicio del poder.
Desconozco cuál ha sido la causa para que casi la generalidad de la clase gobernante en el Ecuador haya tratado de manera diferenciada a las personas, en función de su capacidad económica. Los pobres, que son la mayoría, parecería que para los gobernantes gozan de una condición inferior, fruto probablemente de que para muchos políticos, tienen una “dignidad disminuida”, olvidándose que precisamente el atributo de la dignidad, consustancial a todas las personas por el solo hecho de existir, es el fundamento mismo para la vigencia de los derechos fundamentales, cuyo reconocimiento pleno constituye uno de los más grandes desafíos para la sociedad ecuatoriana.
No ha sido infrecuente, por tanto, que los gobiernos hayan desarrollado programas asistenciales estructurados para esa condición especial de ciudadanos que han considerado inferiores: leche para pobres, vivienda para pobres, red de bibliotecas populares, bono solidario y así por el estilo, programas que se han caracterizado no precisamente por su calidad, sino por su adecuación a esa categoría especial que constituyen los pobres en el Ecuador. Si se considera que los pobres constituyen una categoría inferior de personas, entonces los programas se diseñan para esa categoría inferior, lo cual termina por eliminar la autoestima de millones, haciéndoles creer que son efectivamente inferiores.
Es indudable que una sociedad como la ecuatoriana, carente de oportunidades, ha encontrado en la visión paternalista del Estado y en la dádiva que los caudillos han administrado con cuentagotas, probablemente los únicos medios para intentar superar la extrema pobreza, aunque al hacerlo se haya acostumbrado a sentir como normal aquello que otros ecuatorianos no tan “indignos” jamás toleraría.
¿A alguien se le ocurre pensar que las clases altas aceptarían gustosas que la única leche a su alcance pudiese ser la “leche popular”? ¿Alguien de la clase media o alta estaría feliz habitando en viviendas de 40 metros cuadrados, es decir, de casi el tamaño de cualquier habitación de las clases más pudientes?
Pues bien, esta realidad tiene que modificarse. ¿Cómo? Pues bien, los mecanismos pueden ser diversos, aunque es posible contraponer dos concepciones claramente enfrentadas. La primera, defendida por quienes sostienen que el Estado asistencialista tiene la obligación de proporcionar mínimos de “bienestar” para aquellos más necesitados: un ejemplo de esta tendencia es la de quienes promocionan el bono de la solidaridad. La segunda, la de quienes creen que el Estado debe brindar las herramientas para permitir que los propios ciudadanos alcancen, fruto de su esfuerzo directo, el tan ansiado bienestar.
Tomemos como ejemplo el bono de la solidaridad. Creado en el gobierno del Dr. Jamil Mahuad, gobierno de derecha tradicional, se lo ha mantenido e incrementado durante el gobierno actual, de tendencia de izquierda. Aproximadamente un millón de personas reciben en la actualidad el bono de US$30 dólares mensuales. Es decir, el Estado ecuatoriano regala mensualmente US$30`000.000 de dólares. Este dinero no crea ni un solo empleo. No genera ninguna industria. No proporciona posibilidades de cambio de ninguna naturaleza y lo que es peor, gran parte de él se destina indirectamente a las empresas multinacionales de telefonía. Este dinero no cambiará la vida de millones de adolescentes que se verán en los próximos años enfrentados a la necesidad de subsistir y progresar y que al verse imposibilitados de hacerlo, engrosarán la fila de “pobres”.
¿Qué cosas se pueden hacer con US$30`000.000 al año? Muchas sin duda, entre las cuales tal vez la mejor sea invertir en educación, a efectos de proporcionar a los más pobres precisamente el reconocimiento pleno de su dignidad a través de la generación de condiciones para que las tareas de formación educativa puedan efectivamente lograrse.
¿Por qué únicamente las clases sociales media y alta tienen la opción de realizar las tareas escolares en condiciones dignas? ¿Existe la misma oportunidad para progresar si se realizan las tareas escolares en un ambiente agradable, con aire acondicionado, con acceso a Internet, con suficiente alimentación, con suficientes textos de consulta, y con suficiente espacio que si se las realiza en habitaciones diminutas, sin ventilación, sin alimentación, sin textos de consulta y sin facilidades de Internet?
¿Quiénes tendrán un mejor futuro?
Si se destinara ese importantísimo monto mensual a crear condiciones que garanticen la igualdad de oportunidades, entonces habría lugar a la sana competencia que propicie que quienes más se esfuercen y quienes más se esmeren tengan acceso a mejores condiciones de vida. Esto es, en definitiva lo que constituye la libertad para progresar y la libertad de acceder a una calidad de vida que asegure una mejor alimentación, vestido, vivienda, etc.
Mientras esto no se entienda, millones de adolescentes ecuatorianos continuarán recibiendo dádivas del Estado, seguirán sin autoestima, sin opciones de progresar, alimentando la conflictividad social, siendo caldo de cultivo para la lucha de clases, y nuevamente siendo presa de los populistas que no entienden que la misión más importante de una acción de gobierno es reconocer plenamente la dignidad de las personas, como eje fundamental para cualquier acción pública y privada.
Sin duda alguna la educación constituye ese motor capaz de abrir las puertas a las oportunidades y con ello propiciar que las libertades de los hombres cobren plena vigencia. La educación es entonces una verdadera oportunidad para las libertades. |