
Los pueblos, como las personas, cuando desfallece de creatividad política, repiten sin cesar las quiméricas hazañas del pasado. Por vigésima ocasión el Ecuador ensaya un proceso de ruptura y composición de un nuevo orden constitucional, bajo la equivocada premisa de que los problemas económico-sociales se pueden solucionar normativamente. El imperecedero afán constituyente del pueblo ecuatoriano sólo se puede explicar por una amplia ingenuidad, que lo único que busca y consigue es distraernos de los verdaderos problemas nacionales, disfrazando de retórica jurídica los planes personales del gobernante de turno. Es casi una tradición en nuestra trayectoria republicana que las constituciones ecuatorianas sean confeccionadas a la medida del gobernante.
La nueva fragua constitucional parece un camino irreversible, debemos concebir un modelo constitucional diseñado para perdurar, con fuerza vinculante real. Nunca ha bastado, ni bastará, la perfección formal o la bondad moral del contenido del texto constitucional para que éste no pase a ser otra más entre las cartas fundamentales desechadas a lo largo de nuestra historia republicana. Ello constituye una exigencia vital para la vida del Estado ecuatoriano, por tanto es necesario que sepamos que la Constitución sólo es un artilugio jurídico que intenta solucionar o gestionar los inevitables problemas que surgen en toda sociedad marcada por el pluralismo cultural, con diferentes visiones y nociones acerca del mundo.
En el universo nacional coexisten comunistas y liberales, prianistas y correístas, cholos e indios, y en su obligada cohabitación territorial es inevitable que las diferentes cosmovisiones entren en conflicto. ¿Cómo gestionar este conflicto social? A través de un complicado sistema que enarbole la idea de que la mejor opción de vida es convivir en armonía con los diferentes y esto sólo se consigue con una complicada fórmula que conjuga el orden con libertad; el polo opuesto, es decir, la simple violencia que un grupo ejerce sobre el resto de los grupos (por ejemplo, dictadura del proletariado) es el desideratum de los totalitarios, no de los demócratas.
La paradójica relación entre orden y libertad será siempre el gran dilema del Estado de Derecho: ¿cómo lograr un orden social que, basado en normas generales y abstractas, proteja la libertad y la diversidad de los proyectos individuales de vida? A través de la aceptación de un concepto de Constitución que implique los siguientes presupuestos mínimos:
La supremacía constitucional. Nadie está por encima de la Constitución. Todos: Congreso, Ejecutivo, Tribunal Constitucional y Poder Judicial están limitados jurídicamente por la Constitución. ¿Cómo se logra limitarlos? En esencia, apoderándose de un inobjetable lema: “divide y vencerás”. La Constitución organiza el poder a través de la separación de poderes de manera tal que el que hace las leyes, no las juzga, ni ejecuta. El que ejecuta las leyes, no las crea, ni las juzga. Y el que juzga las leyes, ni las crea, ni las ejecuta. Con este mecanismo ningún poder es capaz de imponerse a otro. Divide y vencerás al poder absoluto. Así de fácil. Un ejemplar síntoma de que la división de poderes funciona es cuando los presidentes de turno hacen lo imposible por estropearla: en Ecuador, la división de poderes ha sido borrada de la práctica institucional con la reciente destitución de 57 diputados. Sin Congreso, y ahora, sin Tribunal Constitucional, el gobernante es incontrolado. Y evitar ese escenario es la gran justificación de la carta fundamental: la lucha para que ninguna persona o grupo social imponga con la fuerza su verdad o, peor aún, sus meros intereses. El mecanismo constitucional es la fuerza de la razón venciendo a la razón de la fuerza.
Por otro lado, alguien se preguntará: ¿cómo se dirime qué idea rige y qué grupo social predomina en cada momento? Sencillo. Con la actividad política, entendiendo ésta como una actividad netamente argumentativa que pretende el apoyo social mayoritario de una nación a favor de un proyecto político determinado y que, una vez conseguido, tendrá como límite de su accionar el respeto a las minorías y sus derechos, sean estas minorías indígenas o blancas, cholas o negras, liberales o comunistas. Lo que en buen romance significa que el poder político en el sistema democrático no es omnímodo, pues en la lucha democrática de los que hoy son minoría, mañana serán mayoría. Esto implica necesariamente que la mayoría política de hoy se resigne a ser la minoría del mañana.
Para que dicho juego de poder sea posible, es necesaria una Constitución que no limite las opciones ideológicas de los individuos que componen el pueblo, y esto último hacen las constituciones cuando se declaran comunistas, socialistas, neoliberales o fascistas. Por eso, un breve repaso a la mayoría de constituciones de post-guerra nos revelan que las mismas son exitosas por ser fruto de pactos sociales que aglutinaron a diversas fuerzas representativas de la sociedad; una Constitución moderna es aquella que deja gobernar, por su diversidad ideológica expresada en valores y principios potencialmente opuestos, a gobiernos de diversas tendencias políticas. Una Constitución extremadamente ideologizada esta condenada al fracaso, pues no permitiría gobernar a gobiernos de corriente doctrinales contrarias a las plasmadas en su texto. Un correcto diseño constitucional debe procurar que el arsenal normativo sea flexible, abierto a las diversas opciones políticas que en una sociedad democrática luchan por llevar a encontrar un destino político concreto. Claro está que la flexibilidad aludida tiene ciertos límites infranqueables como el contenido esencial de los derechos fundamentales que configuran un coto vedado a las decisiones de la mayoría representada en un gobierno democrático, de aquí la feliz frase del profesor Dworkin: los derechos humanos (el otro gran mecanismo constitucional) se constituyen como victorias de las minorías sobre la mayoría. Finalmente, con el maestro Zagrebelsky, decimos que la visión política implícita en el Estado Constitucional de Derecho no es la de la relación de exclusión e imposición por la fuerza (en el sentido del amigo-enemigo hobbesiano y schmittiano), sino la inclusiva de integración a través de la red de valores y procedimientos comunicativos, que es además la única visión no catastrófica de la política posible en nuestro tiempo. |